Ir al contenido

El Gobierno acaba de regular tu Data Center. ¿Sabes qué tienes que cambiar?

14 de septiembre de 2026 por
El Gobierno acaba de regular tu Data Center. ¿Sabes qué tienes que cambiar?
Marta Rico Ramiro

En algunos meses de 2025, el consumo eléctrico de los centros de datos en España creció un 75% respecto al año anterior. Red Eléctrica lo documentó. No era una proyección. Era lo que ya estaba ocurriendo.

España lleva años atrayendo inversión en infraestructura digital. La combinación de energía renovable barata y terreno disponible la ha convertido en uno de los principales destinos europeos para centros de datos. Desde 2021, el Gobierno había concedido derechos de acceso a la red eléctrica para más de 12 GW de capacidad. El triple de los 3,5-4 GW que se preveía necesitar en 2030.

En agosto de 2026, el Gobierno decidió que era el momento de poner orden.

El Real Decreto de agosto de 2026

El 27 de agosto de 2026, el Ministerio para la Transición Ecológica publicó con carácter de urgencia el borrador del Proyecto de Real Decreto sobre requisitos de sostenibilidad energética, medioambiental, resiliencia y soberanía digital aplicables a los centros de datos.

Es la primera vez que España regula los centros de datos de forma específica. El plazo para presentar alegaciones fue de apenas una semana, señal clara de la urgencia con la que el Gobierno quiere mover este expediente. El texto ya ha recibido más de 100 aportaciones del sector y ahora está en manos del Ministerio antes de pasar al Consejo de Ministros.

A quién afecta: más centros de los que crees

Aquí está el punto que muchas empresas están pasando por alto.

El decreto no va dirigido exclusivamente a los grandes operadores ni a las instalaciones de hiperescala. El texto es explícito: afecta a centros de datos empresariales, centros de coubicación (colocation) y centros de coalojamiento. Los que superen los 500 kW de potencia instalada de TI tendrán que reportar anualmente indicadores ambientales y socioeconómicos antes del 15 de mayo de cada año. Los que superen el megavatio de potencia de acceso asumen las obligaciones completas, que incluyen energía, eficiencia, soberanía digital, reutilización de calor residual y auditorías técnicas.

Para poner en perspectiva qué significa un megavatio: un rack de servidores estándar consume entre 5 y 15 kW. Estamos hablando de instalaciones de entre 70 y 200 racks. Un CPD corporativo mediano de una empresa que ha ido creciendo durante los últimos años puede estar en ese rango sin que nadie lo haya calculado nunca con precisión.

Qué exige el decreto

El texto organiza los requisitos en tres áreas principales.


  La primera es la energía renovable. El decreto articula este requisito en tres artículos que funcionan de forma encadenada.


  • El artículo 7 establece la cláusula de exención general: si la cuota media de electricidad de origen renovable del sistema eléctrico nacional superó el 90% en el año de referencia (el año n-2), los requisitos de renovables se consideran automáticamente cumplidos. Cuando ese umbral no se alcanza, entran en vigor los dos artículos siguientes.


  • El artículo 8 regula la adicionalidad: el centro debe acreditar que cubre el 80% de su consumo total mediante autoconsumo propio o contratos de compra de electricidad renovable a plazo (PPA) con instalaciones ubicadas en España. Esas instalaciones deben ser de nueva implantación: su acta de puesta en servicio no puede ser anterior en más de 18 meses al inicio de operación del centro de datos. Los contratos PPA deben tener una duración mínima de diez años y elevarse a escritura pública (artículo 12).


  • El artículo 9 regula la correlación horaria: la energía consumida en cada hora debe estar respaldada, al menos en un 80%, por generación renovable producida en esa misma hora. No vale compensar con promedios anuales ni trasladar excedentes de otras franjas horarias.


  La segunda área es la eficiencia energética e hídrica


El decreto exige alcanzar la categoría A del sistema europeo de etiquetado de centros de datos, cuya entrada en vigor está prevista para agosto de 2027. Como valores transitorios hasta esa fecha, el PUE (Power Usage Effectiveness) no puede superar 1,15, lo que significa que por cada 100 W que consumen los servidores, el centro de datos no puede gastar más de 115 W en total. Es un umbral exigente; muchos centros actuales trabajan con PUE por encima de 1,4 o incluso 1,6. Para el agua, el WUE (Water Usage Effectiveness) no puede superar 0,1, un valor muy estricto que apunta directamente a los sistemas de refrigeración.


  La tercera área es la soberanía digital. 


Antes de la puesta en explotación, el operador debe presentar una declaración responsable ante el Ministerio de Transformación Digital que acredite: su establecimiento en la Unión Europea; la permanencia en la UE de los datos, metadatos y registros que trate como parte de la operación del centro y que estén bajo su control; la adopción de medidas jurídicas, técnicas y organizativas para controlar los accesos desde terceros países; la identificación y supervisión contractual de los subcontratistas directos; y medidas adecuadas frente a requerimientos de acceso de autoridades de terceros países que contravengan el derecho europeo. 

El decreto incluye además una restricción relevante para empresas que gestionan datos del sector público: los centros no podrán alojar sistemas de información sujetos al Esquema Nacional de Seguridad salvo que los datos se traten, almacenen y transfieran exclusivamente dentro de la Unión Europea.


Lo que pide el sector

El sector no ha recibido el borrador con los brazos abiertos. Las más de 100 aportaciones presentadas durante el período de alegaciones reflejan una preocupación concreta: los requisitos de correlación horaria de renovables colocarían a España entre los mercados más restrictivos de Europa, con riesgo de frenar inversiones estimadas en 67.000 millones de euros entre 2026 y 2030.


Las asociaciones piden flexibilizar la adicionalidad horaria y equilibrar la exigencia con la viabilidad de inversión.


El Gobierno está analizando estas aportaciones. El texto final todavía no está aprobado, pero el proceso está muy avanzado.


La pregunta que nadie se está haciendo


Hay algo que este decreto pone en evidencia y que va más allá de los requisitos concretos.


Para cumplir con un PUE máximo de 1,15, necesitas saber cuál es tu PUE real ahora mismo. No el que calculaste en la última auditoría. El de hoy, el de esta hora. Lo mismo con el consumo de agua, con el origen de la energía que estás consumiendo y con la trazabilidad de los datos que gestionas.


El problema que tienen muchos centros de datos (incluidos los CPDs corporativos de empresas que llevan años gestionando infraestructura propia) es que no tienen esa información disponible en tiempo real. Los datos existen, pero están dispersos: en sistemas de BMS que no hablan con los sistemas IT, en lecturas manuales que se recogen una vez al mes, en hojas de cálculo que nadie actualiza.


Cumplir este decreto exige tener un control real sobre la infraestructura que ya gestionas. Y eso es algo que muchos centros de datos no tienen hoy.


Lo que toca hacer ahora


El texto final todavía no está publicado. Pero el borrador es suficientemente concreto como para que cualquier empresa con un centro de datos significativo empiece a evaluar su situación.


¿Superas los 500 kW de potencia instalada de TI? ¿Y el megavatio de potencia de acceso? ¿Cuál es tu PUE real? ¿Tienes contratos o infraestructura de autoconsumo renovable? ¿Sabes con qué porcentaje de renovable estás operando hora a hora? ¿Tu operador está establecido en la UE?


Si alguna de estas respuestas no es inmediata, es el momento de empezar a buscarla.


Fuentes:
https://www.miteco.gob.es/es/prensa/ultimas-noticias/2026/agosto/-el-gobierno-plantea-impulsar-los-centros-de-datos-sostenibles--.html

https://www.miteco.gob.es/es/energia/participacion/2026/detalle-participacion-publica-k-851.html